¿En qué consiste?

  • Cobertura de entre un 90% al 95% del monto mensual de arriendo, con pago de un 5% a 10% por parte del beneficiario/a.
  • Aporte único de 1 UF adicional para financiar gastos operacionales de formalización del contrato de arriendo.
  • Aplica al arriendo de una vivienda de hasta 11 a 13 UF*

*Monto de hasta 13 UF en las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá,            Antofagasta, Atacama, Metropolitana, Aysén y Magallanes.

Requisitos:

  • Ser mayor de 60 años o tener una condición de discapacidad acreditada a través de la inscripción en el Registro Nacional de la Discapacidad.
  • Contar con Registro Social de Hogares de hasta 70% de vulnerabilidad.
  • Acreditar un ingreso mínimo de 5 UF (equivalente a la Pensión Garantizada Universal)*

*Valor UF al 31 de mayo de 2023.

Se puede postular:

  • Sin necesidad de contar con ahorro.
  • Sin necesidad de contar con núcleo familiar
  • Con una postulación en curso para el Programa de Fondo Solidario de Elección de Vivienda (DS 49).
  • Si él o la postulante, su cónyuge o núcleo familiar tiene derechos en comunidad sobre una vivienda.
  • Si él o la postulante obtuvo previamente una vivienda o subsidio habitacional y actualmente no es propietario/a de la misma.
  • Si anteriormente él o la postulante fue beneficiario/a de un subsidio de arriendo que haya caducado, sin deuda.

Para este año se incluye como población objetivo a quienes presentan    condición de “discapacidad independiente de su edad”.
Además se incorpora un puntaje especial a quienes sean o tengan como integrantes de su núcleo familiar, a personas inscritas como “persona         cuidadora” en el Registro Social de Hogares.

            Para consultas escribir a: vivienda@sanbernardo.cl