¿En qué consiste?
- Cobertura de entre un 90% al 95% del monto mensual de arriendo, con pago de un 5% a 10% por parte del beneficiario/a.
- Aporte único de 1 UF adicional para financiar gastos operacionales de formalización del contrato de arriendo.
- Aplica al arriendo de una vivienda de hasta 11 a 13 UF*
*Monto de hasta 13 UF en las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Atacama, Metropolitana, Aysén y Magallanes.
Requisitos:
- Ser mayor de 60 años o tener una condición de discapacidad acreditada a través de la inscripción en el Registro Nacional de la Discapacidad.
- Contar con Registro Social de Hogares de hasta 70% de vulnerabilidad.
- Acreditar un ingreso mínimo de 5 UF (equivalente a la Pensión Garantizada Universal)*
*Valor UF al 31 de mayo de 2023.
Se puede postular:
- Sin necesidad de contar con ahorro.
- Sin necesidad de contar con núcleo familiar
- Con una postulación en curso para el Programa de Fondo Solidario de Elección de Vivienda (DS 49).
- Si él o la postulante, su cónyuge o núcleo familiar tiene derechos en comunidad sobre una vivienda.
- Si él o la postulante obtuvo previamente una vivienda o subsidio habitacional y actualmente no es propietario/a de la misma.
- Si anteriormente él o la postulante fue beneficiario/a de un subsidio de arriendo que haya caducado, sin deuda.
Para este año se incluye como población objetivo a quienes presentan condición de “discapacidad independiente de su edad”.
Además se incorpora un puntaje especial a quienes sean o tengan como integrantes de su núcleo familiar, a personas inscritas como “persona cuidadora” en el Registro Social de Hogares.
Para consultas escribir a: vivienda@sanbernardo.cl