Departamento de Subsidios, Estratificación Social y Vivienda
Encargada: Natalia González
Sección Estratificación Social
El Registro Social de Hogares es el sistema que desde enero de 2016, reemplazó el instrumento Ficha de Protección Social, y su objetivo es permitir identificar y/o seleccionar de mejor forma a los beneficiarios y beneficiarias de programas sociales.
El Registro Social de Hogares se basa en una combinación de información aportada tanto por cada hogar y también por el Estado mediante:
- Servicio de Impuestos Internos (SII)
- Registro Civil
- Administradora del Fondo de Cesantía (AFC)
- Instituto de Previsión Social (IPS)
- Superintendencia de Isapre
- Ministerio de Educación
Este programa se desarrolla anualmente y consta de 4 etapas:
1.- Ingreso: Proceso por el cual se inscriben los hogares que no cuentan con registros o bien nuevas familias que se forman a partir de hogares con registro.
- Ciudadano o ciudadana envía solicitud de ingreso al RSH (formulario) o en su defecto, el funcionario ingresa solicitud en el municipio.
- Encargado comunal recibe en bandeja de entrada solicitud.
- Encargado comunal valida solicitud en sistema y coordina visita domiciliaria.
- Jefe o jefa de hogar o Informante presenta formulario de solicitud de ingreso firmada en visita domiciliaria o en recepción municipal.
- Encuestador procede a aplicación de formulario en domicilio.
2.- Actualización: Permite actualizar información proveniente de datos no administrativos en caso de variación de la composición familiar o cambios de domicilio.
- Ciudadano o ciudadana envía solicitud de actualización o funcionario ingresa solicitud de actualización.
- Encargado comunal recibe en bandeja de entrada la solicitud.
- Encargado comunal verifica, valida e ingresa información a plataforma.
3.- Rectificación: Permite corregir información proveniente de datos administrativos cuando están desactualizados o presentan errores (ingresos, patrimonio, etc.).
- Ciudadano o ciudadana envía solicitud de rectificación o funcionario ingresa solicitud de rectificación.
- Encargado comunal recibe en bandeja de entrada solicitud.
- Encargado comunal verifica, valida e ingresa información a plataforma.
4.- Complemento: Permite agregar información al registro de Información Social que no se encuentra disponible en las bases administrativas.
Etapa de validación del Registro Social de Hogares
1.- Presencial: Plataforma Municipal
- Ciudadano o ciudadana acude a municipio a validar o actualizar.
- Funcionario valida en Sistema información.
- O Funcionario ingresa solicitud de actualización en municipio.
- Encargado comunal revisa e ingresa los antecedentes: valida y/o actualiza información en sistema.
2.- Portal Ciudadano: solicitud y gestión vía web (solo personas con registro)
- Ciudadano o ciudadana revisa su información en portal web.
- Ciudadano o ciudadana valida en sistema su información.
- Ciudadano o ciudadana envía solicitud de actualización y adjunta documentación de respaldo.
- Encargado comunal recibe en bandeja de entrada solicitud, revisa e ingresa los antecedentes, valida documentos y actualiza información en Sistema.
- Ciudadano o ciudadana recibe respuesta a la solicitud en bandeja de entrada.
3.- Mixta: Solicitud vía portal ciudadano y gestión en municipalidad
- Ciudadano o ciudadana revisa su información en plataforma web.
- Ciudadano o ciudadana valida en sistema su información.
- Ciudadano o ciudadana envía solicitud de actualización.
- Encargado comunal recibe solicitud en bandeja de entrada.
- Ciudadano o ciudadana acude a municipio con solicitud de actualización y documentación de respaldo.
- Encargado Comunal revisa e ingresa los antecedentes, actualiza información en Sistema.
- Dirección: O’higgins N° 890
- Encargado: Jaime Martínez G.
- Correo Electrónico: jmartinez@sanbernardo.cl
- Teléfono: 229270696
- Horario de atención: lunes a jueves de 08:30 a 13:00 horas.
- Portal: www.registrosocial.gob.cl
Sección Vivienda
Contribuir a la reducción del déficit habitacional de las familias en situación de vulnerabilidad de la comuna y que las familias en situación de pobreza y los grupos vulnerables de la comuna sean asesorados, organizados, fortalecidos y potenciados para la obtención de la mejor alternativa de solución habitacional y o el mejoramiento de las condiciones de habitabilidad de las viviendas, mediante la nueva Política Habitacional.
DS Nº 49 FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA
Individual – Subsidio para comprar una vivienda construida de hasta 950 UF DS49
¿En qué consiste el Programa?
Permite a familias que no son dueñas de una vivienda y viven en una situación de vulnerabilidad social y necesidad habitacional, comprar una vivienda construida sin deuda hipotecaria, o bien, integrarse a una de las iniciativas de la nómina de proyectos habitacionales del SERVIU de la región.
Requisitos personas chilenas o extranjeras mayores de 18 años:
- Postular con un núcleo familiar, el cual debe estar acreditado en el Registro Social de Hogares.
- Tener el ahorro mínimo de 10 Unidades de Fomento (UF) acreditado en la fecha que corresponda (según el mes en que postulen).
- Ser titulares de la cuenta de ahorro para la vivienda
- Pertenecer al tramo del 40% de la población con menos recursos, de acuerdo a la calificación socioeconómica establecida en el Registro Social de Hogares.
- No poseer una vivienda ni ser beneficiarios de otro subsidio habitacional.
De modo excepcional, pueden postular sin núcleo familiar asociado quienes estén en alguna de estas condiciones, se debe presentar:
– Tener discapacidad (acreditada por la COMPIN).
– Ser adultos mayores de 60 años de edad o más.
– Tener calidad de indígenas.
– Ser viudo o viuda.
– Estar reconocidos como víctimas en el informe de la Comisión Nacional sobre prisión política y tortura o en la nómina elaborada por la Comisión Asesora para la calificación de Detenidos Desaparecidos, Ejecutados Políticos y Víctimas de Prisión Política y Tortura.
Sección Subsidios
Subsidio para construir una vivienda DS49
Permite a familias que no son dueñas de una vivienda y viven en una situación de vulnerabilidad social y necesidad habitacional, construir una vivienda o un conjunto de ellas (casas o departamentos) sin crédito hipotecario.
El aporte del Estado está compuesto por un subsidio base y aportes complementarios que pueden variar según la zona geográfica en que se ubique la vivienda, las condiciones particulares del proyecto y de la familia beneficiada.
Este subsidio tiene cuatro alternativas:
- Construcción en nuevos terrenos: Son proyectos habitacionales que tienen entre 10 y 160 viviendas. Incluyen urbanización, equipamiento y áreas verdes. La postulación es colectiva.
- Pequeño Condominio: Son proyectos habitacionales que tienen entre 2 y 9 viviendas. Se desarrolla en un terreno urbano bajo el régimen de copropiedad inmobiliaria (Ley 19.537). La postulación es colectiva.
- Construcción en Sitio Propio: Corresponde a la construcción de una vivienda en un sitio que pertenece a la persona que postula. La postulación puede ser colectiva o individual.
- Densificación Predial: Es la construcción de una o más viviendas en un terreno donde ya existe una o más propiedades habitacionales. La postulación puede ser colectiva o individual.
Requisitos generales para postular:
- Tener mínimo 18 años de edad.
- Contar con cédula nacional de identidad vigente. Las personas extranjeras deben presentar cédula de identidad para extranjeros con permanencia definitiva y certificado de permanencia definitiva (emitido por el Departamento de Extranjería del Ministerio del Interior o por Policía de Investigaciones de Chile).
- Estar inscrito en el Registro Social de Hogares (RSH) y no superar el tramo de calificación socioeconómica del 40% más vulnerable de la población con excepción de:
Postulaciones colectivas, donde el 70% de los integrantes del grupo deberá pertenecer al 40% más vulnerable de la población y el 30% podrá pertenecer a tramos superiores hasta el 90% de calificación socioeconómica según el RSH.
Postulaciones individuales para construcción en sitio propio, donde el postulante podrá pertenecer hasta el 50% más vulnerable de la población, según el RSH.
Acreditar en el RSH un grupo familiar. No pueden postular personas solas (familias unipersonales) excepto los adultos y adultas mayores, viudos o viudas o quienes tengan un grado de discapacidad (acreditada ante el COMPIN), calidad de indígenas o sean reconocidas en el Informe Valech.
Tener una cuenta de ahorro para la vivienda a nombre de quien postule y tener en ella un ahorro mínimo de 10 UF. En el caso de postulaciones colectivas, si la persona pertenece a un tramo mayor al 40% según el RSH, deberá contar con un ahorro de 15 UF. En ambos casos, el ahorro debe estar depositado a más tardar el último día hábil del mes anterior al ingreso de los antecedentes para la postulación del grupo organizado al Sistema Informático.
Subsidio Programa Protección del Patrimonio Social DS N° 255:
Este subsidio contribuye a la recuperación de viviendas y barrios, promoviendo la participación colectiva de sus habitantes, recuperando el patrimonio familiar y otorgando la posibilidad de ampliar superficies construidas habitables.
Tramo 1: Proyectos de mejoramiento de entormo: Este subsidio se aplica a la construcción, mantenimiento o reparación, por ejemplo:
- Para la seguridad de los habitantes de la vivienda (iluminación, cierres).
- En el caso de equipamiento como áreas verdes, juegos infantiles o deportivo, sedes sociales.
- En situaciones simultaneas como iluminación y juegos infantiles.
- Las viviendas objeto del programa deben tener costo inferior a 650 UF.
- Pueden ser estatales o privadas, con o sin subsidios urbanos o rurales.
- Acreditar ahorro de 1 UF en la libreta de ahorro de la vivienda.
- Estado otorga 13 UF.
- No necesita ficha de protección social.
Tramo 2: Proyectos Mejoramiento Interno de viviendas:
Este subsidio se aplica a las viviendas que necesiten mantención o reparación.
- Seguridad: cimientos, estructura, techumbres, etc.
- Habitabilidad: sanitarias, filtraciones de muros, cubiertas.
- Mantención: cambio de ventanas, puertas, pintura interior o exteriores.
- Mejoramiento de bienes comunes que formen parte de las edificaciones: pasillos, techumbres, escaleras, protecciones, iluminación.
Simultaneo. Ejemplo: cimientos + reposición de ventanas + pasillos comunes.
- En el caso de tratarse de condominios sociales (departamentos), los propietarios deben estar acogidos a la Ley de Copropiedad (Ley Nº 19.537).
- Acreditar ahorro de 3 UF en libreta de ahorro de la vivienda.
- Estado otorga 55 UF.
- Acreditar puntaje de 11.734 puntos en la ficha de protección social.
Tramo 3: Proyectos de ampliación viviendas: Aumento de la superficie edificada.
Ejemplo: Ampliación de dormitorios, lavadero, estar, baño o cocina:
- Ser mayor de 18 años.
- Ser propietario de la vivienda con la cual postula o lo sea su cónyuge.
- Postulación colectiva de 15 a 150 vecinos constituidos jurídicamente en comité de adelanto.
- No ser beneficiario de subsidios de mejoramiento y/o ampliación.
- Titular de cuenta de ahorro con mínimo solicitado 5 UF.
- Contar con asistencia técnica a través de las EGIS para elaboración de proyecto y FPS hasta 11.734 puntos.
Si se trata de condominios sociales, revisar previamente factibilidad de ampliaciones según normas vigentes sobre sueldos y deben presentarse con el reglamento de copropiedad debidamente inscrito.
Nota: Se podrá postular simultáneamente a Títulos I y II y I y III; se excluyen postulaciones II y III en conjunto.
Subsidio título 1 – tramo 1 – pueden postular familias sin vivienda y sin beneficio anterior.
Se exigirá la Clasificación Socioeconómica actual debiendo pertenecer hasta el 60% más vulnerable de la población, según Registro Social de Hogares.
Extranjeros con cédula de identidad para extranjeros, más copia de permanencia definitiva.
Con un ahorro mínimo de 40 UF, depositado en una cuenta de ahorro para la vivienda el último día hábil del mes anterior a la fecha de postulación. La cuenta de ahorro debe tener al menos 1 año de antigüedad.
Que desean comprar vivienda nueva o usada hasta 1.100 UF.
MONTOS DE SUBSIDIO:
Subsidio fijo de 600 UF.
Título 1 – tramo 2 – Pueden postular familias sin vivienda y sin beneficio anterior.
Se exigirá caracterización socio económica, con un máximo del 80% del Registro Social de Hogares.
Con un ahorro mínimo de 50 UF, depositado en una cuenta de ahorro para la vivienda, el último día hábil del mes anterior a la fecha de postulación La cuenta de ahorro debe tener al menos 1 año de antigüedad.
Que desean comprar vivienda nueva o usada hasta 1 600 UF.
Que cuenten con pre aprobación de crédito hipotecario o ahorro mínimo de 400 UF, depositado en una cuenta de ahorro para la vivienda, el último día hábil del mes anterior a la fecha de postulación.
MONTOS DE SUBSIDIO:
Mínimo: 250 UF, Máximo: 550 UF, dependiendo del valor de la vivienda.
Título 1 – tramo 3 – Pueden postular familias sin viviendas y sin beneficio anterior:
Se exigirá Caracterización Socio Económica, con un máximo del 90% del Registro Social de Hogares.
Con un ahorro mínimo de 100 UF, depositado en una cuenta de ahorro para la vivienda, el último día hábil del mes anterior a la fecha de postulación La cuenta de ahorro debe tener al menos 1 año de antigüedad.
Que desean comprar vivienda nueva o usada hasta 2200 UF.
Que cuenten con pre aprobación de crédito hipotecario o ahorro mínimo de 400 UF, depositado en una cuenta de ahorro para la vivienda, el último día hábil del mes anterior a la fecha de postulación.
MONTOS DE SUBSIDIO:
Mínimo: 250 UF, Máximo: 400 UF, dependiendo del valor de la vivienda.
D.S.52 Subsidio de Arriendo – pueden postular familias sin vivienda y sin beneficio de subsidio habitacional:
- Con Registro Social de Hogares hasta el 70%.
- Con un ahorro mínimo de 4 UF ($126.984), depositado en una cuenta de ahorro para la vivienda al día de la postulación.
- Ser mayor de 18 años.
- Postular al menos con pareja (cónyuge o conviviente civil) o hijos.
- Con ingresos familiares mínimo 5 UF y máximo 25 UF.
Montos de Subsidio
El aporte del Estado corresponde hasta 4,9 UF mensuales, con un total de aporte de 170 UF.
Valor máximo de la vivienda a arrendar no podrá superar las 13 UF.
D.S.52 Llamado especial Adulto Mayor – Pueden postular personas sin vivienda y sin beneficio de
subsidio habitacional:
- Con Registro Social de Hogares hasta un 70%.
- Los adultos y adultas mayores a partir de 60 años no deben acreditar ahorro.
- En caso de mayores de 60 años cumplido en año calendario de la postulación, no es requisito contar con núcleo familiar.
- Adultos y adultas mayores con un mínimo de 5 U F de ingreso.
Montos de Subsidio
El subsidio corresponde a un aporte mensual del 90% al 95% del valor del arriendo, dependiendo del Registro Social de Hogares.
El valor del arriendo no debe superar las 11 UF.
Oficina de Copropiedad y Regularización de Título: Informar y difundir la Ley de Copropiedad (DS Nº 19.537).
Asesorar a los copropietarios a la formalización de los Comités de Administración a través de la implementación del Reglamento de Copropiedad.
Habilitar a los copropietarios de condominios sociales bajo la Ley de Copropiedad para postular a los beneficios que ofrece los subsidios habitacionales DS Nº 255 Programa de protección al Patrimonio Familiar.
Captar al mayor número de casos de títulos de dominio en situación irregular en la comuna de San Bernardo, tanto en el sector urbano como rural informando a los interesados para regularizar la posesión de los terrenos que habitan, informando la documentación que deben adjuntar a la postulación, su revisión jurídica y luego derivar al solicitante a la SEREMI de Bienes Nacionales y el posterior seguimiento de este proceso de postulación.
- Dirección:Eyzaguirre N°702, 3º piso.
- Encargado:
- Teléfono: 229270906
- Horario de atención: lunes a viernes de 08:30 a 13.00 hrs.