1. Anteproyecto de loteo
Para un anteproyecto específico la aprobación de condiciones técnico-urbanísticas y de uso de suelo, previo a la tramitación de un proyecto de loteo.
Valor a cancelar al Ingreso: 0,2 UTM, solo si se trata de aprobación de anteproyecto de loteo con construcción simultánea.
Valor: 4,00 UTM, para la parte del loteo y según tramos de anteproyecto de edificación. Según la Ordenanza Nº 13, para la parte de edificación del mismo expediente.
Plazo: Aprobación o emisión de observaciones 15 días.
Requisitos:
- Solicitud de Anteproyecto.
-Certificado Avalúo Fiscal Desglosado del predio, vigente.
-Fotocopia de Certificado de Informaciones Previas.
-Plano Situación Actual del predio. (Ilustrando roles, medidas deslindes, etc.)
-Plano del Anteproyecto de Loteo. (Escala no inferior de 1:1000 y según Art. 3.1.4. Nº 5 de O.G.U. y C. letras a, b, c, d, e, f, g.)
-Plano de Ubicación.
-Medidas de Prevención de Riesgos. (Cuando proceda según informaciones previas)
-Los Planos y demás antecedentes deberán cumplir con lo detallado en el Art. 3.1.4. de la O.G.U. y C. -Al ingreso de la solicitud podrá adjuntarse un solo juego de planos. (Otras copias para la aprobación)
-En caso de propietarios con Personalidad Jurídica, deberá adjuntarse los respectivos documentos que acrediten la Representación Legal.
-Las firmas del propietario en solicitud y plano de anteproyecto de loteo no serán exigibles si se acoge a Art. 1.2.2. de O.G.U. y C.
-El anteproyecto aprobado mantendrá su vigencia por el plazo indicado en Art. 1.4.11. de O.G.U. y C. para la obtención del permiso correspondiente.
- En el caso de Loteos D.F.L. Nº 2 con construcción simultánea, se aprobarán, además, las viviendas y sus condiciones urbanísticas, según Art. 6.2.5. de O.G.U. y C.
2. Solicitud de Aprobación de Proyecto de Loteo
Proceso de división del suelo, sin importar cual sea el número de predios resultantes, cuyo proyecto contempla la apertura de nuevas vías públicas y su correspondiente urbanización.
Valor a cancelar al Ingreso: 10% de los derechos que le corresponden a la edificación, solo si se trata de una solicitud de aprobación de loteo con construcción simultánea.
Valor: 2% del Avalúo fiscal del terreno, descontado el valor de ingreso.
Plazo: Aprobación o emisión de observaciones 30 días, si se trata de loteo con construcción simultánea (aclaración por DDU 164).
Requisitos:
-Solicitud firmada por el propietario del terreno y por el arquitecto proyectista.
-Original o copia autorizada ante notario del Certificado Avalúo Fiscal Desglosado del predio, vigente.
-Fotocopia de Certificado de Informaciones Previas.
-Plano Situación Actual del predio. (ilustrando roles, medidas deslindes, etc.)
-Plano del Anteproyecto de Loteo. (Escala no inferior de 1:1000 y según Art. 3.1.4. Nº 5 de O.G.U. y C. letras a, b, c, d, e, f, g.)
-Plano de Ubicación.
-Medidas de Prevención de Riesgos. (Cuando proceda según informaciones previas)
-Los Planos y demás antecedentes deberán cumplir con lo detallado en el Art. 3.1.4. de la O.G.U. y C.
-Al ingreso de la solicitud podrá adjuntarse un solo juego de planos. (Otras copias para la aprobación)
-En caso de propietarios con Personalidad Jurídica, deberá adjuntarse los respectivos documentos que acrediten la Representación Legal.
-Certificado de factibilidad de dación de servicios de agua potable y alcantarillado, para la densidad propuesta, emitido por la empresa de servicios sanitarios correspondiente. De no existir empresa de servicios sanitarios en el área se deberá presentar un proyecto de agua potable y alcantarillado, aprobado por la autoridad respectiva.
-Memoria explicativa del loteo.
-En el caso de Loteos D.F.L. Nº 2 con construcción simultánea, se aprobarán, además, en un expediente por separado las viviendas y sus condiciones urbanísticas, según Art. 6.2.5. de O.G.U. y C. (Ver Permiso de Edificación de Obra Nueva).
3. Modificación de Permiso de urbanización o de loteo con construcción simultanea
Permite la modificación de un proyecto con posterioridad a la aprobación otorgada por D.O.M. y previo a su recepción definitiva de urbanización.
Valor a cancelar al ingreso: No cancela al momento de ingresar el expediente.
Valor: 0,5% del Avalúo fiscal del terreno.
Plazo: 30 días.
Requisitos: (Art. 3.1.9 de la O. G. U. y C.):
- Solicitud de modificación, firmada por el propietario y el arquitecto proyectista.
- Listado de los documentos que se agregan, se reemplazan o se eliminan con respecto al expediente original, firmada por el arquitecto.
- Planos con las modificaciones, indicando en ellos o en esquema adjunto los cambios con respecto al proyecto original, firmados por el arquitecto y el propietario.
-Certificado de informaciones Previas.
-Listado de modificaciones, referidas a cada plano, firmada por el arquitecto.
-Cuadro de superficies modificado.
- Especificaciones técnicas de las modificaciones, si correspondiere, firmadas por el arquitecto y el propietario.
-Presupuesto de las modificaciones, si correspondiere.
-Fotocopia de los permisos que se solicita modificar.
4. Aprobación proyecto de subdivisión predial o división afecta
Subdivisión del suelo que no requiere la ejecución de obras de urbanización por ser suficientes las existentes o división del suelo para las que quedan pendientes ya sea obras de urbanización o superficies afectas a vialidad.
Valor a cancelar al ingreso: No cancela al momento de ingresar el expediente.
Valor: 2% del avalúo fiscal del terreno.
Plazo: 30 días para revisión y emisión de observaciones. Una vez reingresados los antecedentes observados entra a proceso de revisión de similar plazo.
Tramitación: Propietario y Arquitecto.
Requisitos:
- Solicitud firmada por propietario del terreno y Arquitecto proyectista
- Original o copia autorizada por notario del Certificado de Avalúo Fiscal Vigente desglosado del terreno.
- Original o fotocopia del Certificado de Informaciones Previas.
- Plano firmado por propietario y Arquitecto, según Art. 3.1.2, 3.1.3 y 3.1.4 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
-Certificado de factibilidad de agua potable y alcantarillado.
-Memoria explicativa del proyecto firmada por propietario y Arquitecto.
-Fotocopia patente Arquitecto.
- En caso de subdivisión y urbanización del suelo en terrenos ubicados fuera del límite urbano, se debe adjuntar además VºBº favorable del SAG, de la Secretaría Regional Ministerial de Agricultura y de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo (Art. 3.1.7 de la O.G.U. y C.).
- El propietario ante todo, debe contratar los servicios profesionales de un Arquitecto para desarrollar el presente trámite.
5. Aprobación proyecto de fusión
Permite conformar una sola propiedad a partir de la existencia de 2 o más.
Valor a cancelar al ingreso: No cancela al momento de ingresar el expediente.
Valor: 1 cuota CORVI.
Plazo: 30 días para revisión y emisión de observaciones. Una vez reingresados los antecedentes observados entra a procesos de revisión de similar plazo.
Tramitación: Propietario y Arquitecto.
Requisitos:
- Solicitud firmada por propietario del terreno y Arquitecto proyectista.
- Original o copia autorizada por notario del Certificado de Avalúo Fiscal Vigente desglosado del terreno.
- Original o fotocopia del Certificado de Informaciones Previas.
- Plano firmado por propietario y Arquitecto, según Art. 3.1.2, 3.1.3 y 3.1.4 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
-Fotocopia de boletas de servicios.
-Memoria explicativa del proyecto firmada por propietario y Arquitecto.
-Fotocopia patente Arquitecto.
- Se deberá llenar un croquis simple con la ubicación relativa del terreno en relación a calles próximas.-El propietario ante todo, debe contratar los servicios profesionales de un Arquitecto para desarrollar el presente trámite. |